Comprende esta área todos aquellos gastos originados por los servicios públicos básicos que, con carácter obligatorio, deben prestar los municipios, por sí o asociados, con arreglo al artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o, en su caso, las provincias con arreglo al artículo 31.2 de la misma Ley, atendiendo a su función de cooperación y asistencia a los municipios. A estos efectos, se incluyen, en los términos que se exponen para cada una de ellas, cuatro políticas de gasto básicas: seguridad y movilidad ciudadana, vivienda y urbanismo, bienestar comunitario y medio ambiente.
Categoría | Porcentaje | Cantidad |
---|---|---|
Seguridad y movilidad ciudadana | 28,71% | 3,71 M€ |
Vivienda y urbanismo | 22,54% | 2,92 M€ |
Bienestar comunitario | 35,62% | 4,61 M€ |
Medio ambiente | 13,14% | 1,7 M€ |
Gastos de personal | 43,29% | 5,6 M€ |
Gastos en bienes corrientes y servicios | 47,42% | 6,14 M€ |
Transferencias corrientes | 1,20% | 155.721 € |
Inversiones reales | 6,58% | 851.539 € |
Transferencias de capital | 1,51% | 195.157 € |