Ingresos derivados de intereses de demora por el tiempo que medie entre el vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario y el ingreso efectivo de la deuda que constituya la obligación principal. Los intereses de demora liquidados junto con el principal de la deuda no se aplicarán a este concepto, sino al concepto que corresponda.
No hay más subpartidas. Volver a la partida padre: Otros ingresos.
No hay distribución asociada a esta partida.