Comprende esta área todos aquellos gastos originados por los servicios públicos básicos que, con carácter obligatorio, deben prestar los municipios, por sí o asociados, con arreglo al artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o, en su caso, las provincias con arreglo al artículo 31.2 de la misma Ley, atendiendo a su función de cooperación y asistencia a los municipios. A estos efectos, se incluyen, en los términos que se exponen para cada una de ellas, cuatro políticas de gasto básicas: seguridad y movilidad ciudadana, vivienda y urbanismo, bienestar comunitario y medio ambiente.
Categoría | Porcentaje | Cantidad |
---|---|---|
Seguridad y movilidad ciudadana | 25,11% | 3,63 M€ |
Vivienda y urbanismo | 38,82% | 5,61 M€ |
Bienestar comunitario | 27,51% | 3,97 M€ |
Medio ambiente | 8,56% | 1,24 M€ |
Gastos de personal | 46,39% | 6,7 M€ |
Gastos en bienes corrientes y servicios | 43,85% | 6,33 M€ |
Transferencias corrientes | 0,91% | 131.477 € |
Inversiones reales | 6,21% | 897.490 € |
Transferencias de capital | 2,63% | 380.293 € |